Aprobaron reglamento para sancionar actos anticipados de precampaña

El Consejo General del Instituto Estatal Electoral aprobó por unanimidad el reglamento para la Tramitación de Procedimientos Sancionadores; cuya finalidad es regular lo relativo a la determinación de sanciones correspondientes a actos anticipados de precampaña y emisión de propaganda política y gubernamental.
Con el nuevo ordenamiento todo aquel actor político cuyo nombre, fotografía, silueta, imagen y voz o alusión propagandística a su favor con lemas, frases y símbolos, emitidos antes del periodo de precampaña, –1 de marzo del 2010–, podrá ser sancionado de manera económica hasta por quinientos cincuenta mil pesos.

Incluso, perder el registro como precandidato o candidato, según corresponda, explicó el presidente del organismo Salvador Hernández Gallegos puntualizando que su expedición permitirá lograr certeza y equidad a la contienda en el proceso electoral 2009-2010.
Y es que para efectos del reglamento, los actos anticipados de campaña son el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones, expresiones, así como las reuniones públicas, asambleas, marchas y en general aquellos en que los aspirantes o precandidatos a una candidatura se dirijan a los afiliados, simpatizantes o al electorado en general.
Ello si hay el objetivo de obtener su respaldo para ser postulados como candidatos a un cargo de elección popular, antes de la fecha de inicio de las precampañas.
Los aspirantes a los cargos que participen en los procesos de selección interna convocados por cada partido político no podrán entonces realizar actividades proselitistas o difusión de propaganda por sí o por interpósita persona, a través de cualquier medio de comunicación existente, previo al término marcado en ley.
Tampoco podrán hacerlo después de obtener la candidatura del partido político en cuestión, sino hasta el inicio de las campañas; por su parte los ciudadanos en general no podrán realizar actos de proselitismo o emitir propaganda de índole electoral por ningún medio de comunicación, fuera de los plazos establecidos por el código y el reglamento para dicho efecto, aun previo al inicio del proceso electoral correspondiente.
En ese sentido convocó a los actores políticos del Estado a retirar ya la propaganda que actualmente han puesto en circulación buscando posicionarse entre la ciudadanía; a ésta la invitó a denunciar casos concretos para su investigación y correspondiente sanción, en su caso.
El reglamento se aprobó en sesión extraordinaria de Consejo luego de un amplio debate que hizo notar algunas inconsistencias y errores de redacción, subsanadas ante el pleno.

Aprueba IEE reglamento de sanciones electorales

En sesión extraordinaria y por unanimidad, el Consejo General del IEE aprobó ayer el Reglamento para la Tramitación de los Procedimientos Sancionadores, el cual regulará todo lo relativo a los actos anticipados a las precampañas y a la emisión de propaganda política o gubernamental.
Este reglamento consensuado con todas las fuerzas políticas representadas en el IEE, prevé sanciones de hasta 10 mil días de salario mínimo vigente y la pérdida del registro como candidato o precandidato, a criterio del Consejo General del IEE.
En conferencia, el presidente de IEE, Salvador Hernández, puntualizó que la emisión del nuevo reglamento se da -en estricto cumplimiento a la Constitución local y al Código electoral-, y confió que con reglas claras y equitativas, se logrará dar la certeza y equidad a la contienda, al proceso electoral 2009-2010.
En este marco, dijo que para efecto del Reglamento, los actos anticipados de precampaña son el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones, expresiones, así como las reuniones públicas, asambleas, marchas y en general todos aquellos en que los aspirantes o precandidatos a una candidatura se dirijan a los afiliados, simpatizantes o al electorado en general, con el objetivo de obtener su respaldo para ser postulados como candidatos a un cargo de elección popular, antes de la fecha de inicio de las precampañas.
Así las cosas, advirtió que los aspirantes a candidaturas a cargos de elección popular que participen en los procesos de selección interna convocados por cada partido político, -no podrán realizar actividades de proselitismo o difusión de propaganda por sí o por interpósita persona, a través de cualquier medio de comunicación existente, antes de la fecha de inicio de las precampañas-.

| Hidrocálido

No hay entradas relacionadas.

Leave a Reply